Condena de Hernán Rivas abre debate sobre las decisiones que tomó el JEM durante su gestión

La condena del exsenador Hernán Rivas por el caso de su título de abogado generó un nuevo debate jurídico sobre las resoluciones del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados en las que participó entre 2020 y 2023.
Política27 de septiembre de 2026Aldo VazquezAldo Vazquez
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La sentencia de ocho años de prisión contra Hernán David Rivas por producción mediata y uso de documentos públicos de contenido falso abrió una discusión que va más allá de su responsabilidad penal: el alcance de las decisiones que tomó como integrante del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

Según los registros publicados por el propio JEM, Rivas participó en alrededor de 140 resoluciones durante el periodo en que integró el organismo. En esas actuaciones aparecen decisiones relacionadas con sanciones, apercibimientos, absoluciones, archivos y remociones de magistrados y agentes fiscales.

La principal interrogante es qué ocurre con aquellas resoluciones en las que su participación pudo haber sido determinante para alcanzar la mayoría necesaria.

El debate jurídico no implica que las 140 decisiones queden automáticamente anuladas. De hecho, integrantes del propio JEM sostienen que la condena de Rivas no genera por sí sola la nulidad de todas las resoluciones adoptadas durante su permanencia en el organismo.

El abogado Óscar Paciello, expresidente del JEM, planteó que deberían analizarse específicamente aquellos casos en los que el voto de Rivas haya sido decisivo para alcanzar la mayoría exigida por la legislación. En cambio, las resoluciones adoptadas con los votos suficientes sin necesidad de su participación tendrían un escenario diferente.

Otro de los aspectos señalados por especialistas es que una eventual revisión tendría que considerar la situación particular de cada expediente y las vías procesales disponibles para quienes fueron afectados por las decisiones.

El registro de las actuaciones muestra que Rivas intervino en causas que involucraron a decenas de magistrados, jueces y agentes fiscales. Algunas de las resoluciones incluyeron destituciones, mientras que otras terminaron en absoluciones o archivos.

La situación genera así un desafío jurídico para determinar hasta dónde podría alcanzar una eventual revisión, sin producir automáticamente un efecto general sobre todas las decisiones adoptadas por un órgano colegiado.

Mientras continúa el proceso judicial derivado de la condena de Rivas, el debate sobre sus actuaciones en el JEM queda sujeto a las interpretaciones jurídicas y a los mecanismos que eventualmente utilicen las personas afectadas por aquellas resoluciones.

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